Fijan en 12 semanas de gestación
el plazo límite en que pueden realizarse en casos de violaciones o peligro de
salud de la madre; críticas de la oposición y de la Iglesia
El gobierno porteño reglamentó
el procedimiento para la práctica de abortos no punibles en el sistema público
de salud, que se realizará hasta la semana 12 de gestación, lo que fue
considerado por legisladores de la oposición un "grave retroceso"
porque "restringe" la práctica en caso de jóvenes discapacitadas en
las que el embarazo se detecta en estado avanzado.
Las críticas llegaron incluso
desde la Iglesia. El arzobispo de Buenos Aires calificó de
"lamentable" la decisión de la administración de Mauricio Macri, y reiteró
que "el aborto nunca es una solución": "Percibimos una vez más que se avanza deliberadamente en limitar y eliminar el valor supremo de la
vida e ignorar los derechos de los niños por nacer. Esta decisión [...] tiene
consecuencias jurídicas, culturales y éticas porque las leyes configuran la
cultura de los pueblos, y una legislación que no protege la vida favorece una
«cultura de la muerte»".
La resolución 1252, publicada
ayer en el Boletín Oficial porteño, fue firmada el jueves por el ministro de
Salud, Jorge Lemus. Es respuesta al fallo del 13 de marzo, en el que la Corte
fijó la interpretación de los incisos 1 y 2 del artículo 86 del Código Penal,
en el sentido de que el aborto no es punible cuando el embarazo es producto de
una violación, por lo que la interrupción de la gestación no está supeditada a
un trámite judicial, y exhortó a las provincias y la ciudad de Buenos Aires a
implementar protocolos hospitalarios para resolver sin dilaciones esos casos.
DECLARACIÓN JURADA
La resolución prevé la asistencia
legal, psicológica y social de las mujeres, y fijó en la semana 12 de gestación
el plazo máximo para la práctica del aborto en el sistema público. Ese límite
es uno de los puntos más objetados por la oposición.
En los casos de embarazos
producto de una violación, se estableció que deberá presentarse una declaración
jurada en la que se manifieste que la gestación es producto de una violación.
Se aclaró: "En caso de que la mujer o su representante legal, según
corresponda, hayan realizado la denuncia, no es necesaria la presentación de la
declaración jurada, debiendo adjuntar copia certificada de la denuncia a la
historia clínica".
Según publicó la agencia DyN,
las menores de 18 años y las declaradas incapaces por sentencia judicial
"deberán ser oídas e informadas en el proceso de decisión, haciéndoles
saber las consecuencias de la práctica y las alternativas existentes", y
dispuso que en el proceso también participen "las personas que por ley
ejerzan su representación legal".
Se especificó que para los casos
de abortos no punibles cuando esté en riesgo la vida o la salud de la mujer
embarazada, "debe ser diagnosticado por el profesional interviniente"
y que el director del hospital deberá confirmar el diagnóstico y la procedencia
de la práctica.
La presidenta de la Comisión de
Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud de la Legislatura, María Elena Naddeo,
consideró que constituye un "grave
retroceso" y que se trata de "un instrumento para
obstaculizar" la realización de abortos no punibles. Su par Laura García
Tuñón, de Buenos Aires para Todos, sostuvo: "Este protocolo confirma la
estrategia del macrismo de obstaculizar el derecho al aborto no punible".
Por su parte, el Arzobispado
también está en contra, en un mensaje
difundido ayer, lamentó la decisión. La reglamentación del procedimiento sobre los
abortos no punibles generó la respuesta del cardenal primado, quien llamó a
adoptar "medidas a favor del derecho a la vida".
"El aborto nunca es solución. Una legislación que no protege la
vida favorece la cultura de la muerte."
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