España, 2003.
Una mujer de 39 años queda embarazada y decide hacerse una prueba de diagnóstico prenatal para detectar posibles daños en el feto y, en caso de haberlos, abortar. Los resultados dicen que será un varón sano, pero con el parto llega la sorpresa: el niño tiene síndrome de Down. “Le costó llorar y se lo llevaron deprisa, sin enseñármelo. Mi compañero estaba allí y por los rasgos de la carita pensó que tenía Down”. A los pocos días se confirman sus sospechas.
¿Qué había ocurrido? El laboratorio confundió su muestra con la de otra paciente y le proporcionó un resultado equivocado. La pareja decidió interponer una demanda por este “nacimiento equivocado” y finalmente en 2010, después de muchas idas y venidas, el Tribunal Supremo falló a su favor y le otorgó una indemnización a cada padre de 75.000 euros y una pensión vitalicia al niño de 1.500 euros mensuales.
Llama la atención que esta noticia no haya tenido difusión en nuestro país donde, en especial a lo largo de este año, se ha debatido sobre la legalización del aborto en diversos medios de comunicación, y siendo este además un asunto “prioritario” para el Congreso de la Nación.
Este tipo de sentencias por nacimiento equivocado o “wrongful birth” no es algo nuevo en los países donde no solamente se ha descriminalizado el aborto, sino donde además es un DERECHO y se considera, por ende, que el error de un laboratorio o de un médico puede privar a la madre de su derecho a decidir si abortar o no.
Lo más curioso es que tras la sentencia, los mismos padres de este niño que “no debería haber nacido”, haciendo referencia al extenso proceso judicial afirman: “Llenamos nuestra vida con nuestro hijo, que es lo más importante para nosotros. Le queremos con toda el alma; por lo demás, sabíamos que tarde o temprano, positiva o negativamente, acabaría.” ¿Hubieran interrumpido la vida de lo que ahora es lo más importante para ellos? ¿Lo quieren con toda el alma pero si hubieran sabido que era Down, no estaría vivo? ¿En la demanda no afirmaban acaso que su vida era un perjuicio, un daño para ellos mismos y para el niño?
Ante un caso similar en Francia, diecisiete intelectuales, juristas y médicos redactaron un manifiesto publicado en la revista L’Express que dice: “¿Cómo se puede pedir la reparación de un daño que no habría podido evitarse más que suprimiendo al que lo ha sufrido y en nombre del cual se reclama justicia?” Y continúan, “El nacimiento no puede considerarse como un daño para el que viene al mundo. Si el aborto se convierte en una obligación social, no se está lejos de la inducción al eugenismo.”
Para ellos, se corría el riesgo de aplicar una medicina defensiva. “Si este tipo de decisiones se multiplica, el médico, en caso de duda, emitirá un diagnóstico pesimista y tenderá a preferir el aborto. Hasta ahora, los expertos del diagnóstico prenatal no tenían más que una obligación de medios, no una obligación de resultados. ¿Dónde está el límite entre un niño bueno para la vida o no?”.
Podemos ver que la legalización del aborto no es un tema que afecte solamente a aquellos que quieren tener la opción de abortar, sino que nos afecta a todos, influye en nuestro concepto de ser humano y de sociedad.
¿Cuál es la sociedad que estamos construyendo? O como dijeron los franceses, ¿dónde está el límite entre un niño bueno para la vida o no?
Referencias:
HIDALGO, Elena. Una paga para el que vive por error. ELPAIS.com. 7 de septiembre de 2010. http://www.elpais.com/articulo/sociedad/paga/vive/error/elpepusoc/20100907elpepisoc_1/Tes [Consulta: 16 de octubre de 2010]
GARCÍA, Francisco José Ramiro. Evolución de la doctrina jurídica en el caso “Perruche”. Bioética en la Red [en línea]. 24 de febrero de 2004. Disponible en Internet: http://www.bioeticaweb.com/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=226. [Consulta: 16 de octubre de 2010]
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